¿Qué es el ISSSTE?

¿Cómo registrarse o darse de alta en ISSSTE?

La forma de registrarse en el ISSSTE es sencilla:

  • El trabajador: La entidad donde trabaje está obligada a registrarlo en el ISSSTE y entregarle una copia de su aviso de alta.
  • El pensionado: Para darse de alta en el ISSSTE, la Subdirección de Pensionados efectuará su correspondiente registro.
  • Los ex trabajadores en continuación voluntaria: Si al concluir sus servicios, al menos 5 años, en una entidad incorporada al ISSSTE y no posee pensión, puede solicitar la continuación voluntaria en los seguros del régimen obligatorio. Para ello, cuenta con 60 días hábiles después de la baja, para efectuar los respectivos trámites.

Es necesario llevar original y copia de la siguiente documentación:

  • Ultimo recibo de pago.
  • Presentar hojas de servicio, en demostración de los años de cotización (en caso de no tener registrado su historial, en la base de datos del derechohabitantes).
  • Comprobante del domicilio actual.
  • Recibo de pago de luz.
  • Recibo telefónico.
  • Estado de cuenta bancaria.
  • Contrato de arrendamiento.
  • Predial.
  • Credencial del IFE
  • Pasaporte en vigencia.
  • Cédula profesional.

Para obtener más información al respecto, visita https://www.gob.mx/issste/acciones-y-programas/afiliacion-y-vigencia-de-derechos.

Requisitos para inscribirse en el ISSSTE

Los nuevos requisitos que se van a establecer para el 2020 para obtener una jubilación por parte precisamente del ISSSTE. Si tú eres un trabajador al servicio del estado y cotizas a este instituto en el régimen del artículo décimo transitorio, recuerda que a partir del primero de enero del 2020 el requisito de edad mínima que necesitas para jubilarse aumenta a 56 años para los hombres y 54 para las mujeres. Requisito que se mantendrá también para el año 2021.

No pierdas de vista que para jubilarte además necesitas tener al menos 29 años seis meses y un día de cotización si eres hombre y 27 años seis meses y un día si eres mujer.

La jubilación te dará el derecho a una pensión del 100% del promedio el sueldo  tabular de tu último año de servicios.

Hasta el año 2019 a la edad mínima era de 55 años para los hombres y 53 años para las mujeres pero como bien sabes desde el año 2010 la ley de ISSSTE en su artículo Décimo Transitorio ha impuesto una edad mínima que aumenta en un año por cada dos que transcurren en el calendario.

Requisito que la suprema corte de justicia de la nación ha validado mediante jurisprudencia por lo que demandar para que no se te aplique este requisito de edad mínima resulta muy difícil de ganar.

Pero recuerda que la jubilación es una de varias opciones de pensión que otorga el ISSSTE en el régimen del artículo décimo transitorio, revisa que otras opciones puedes acceder si cumples con la edad mínima y de
cotización que establecen esas otras alternativas.

Asimismo no olvides que la edad mínima exigible es aquella que se encontraba vigente en la ley al momento de tu baja. Si ya tienes los años de cotización pero no cumples la edad mínima tienes dos opciones:

  1. la   primera es renunciar y esperar a cumplir la edad mínima para que te den tu jubilación la que se te otorgará sin importar los años que pasen o
  2. la segunda opción que te recomendamos seguir laborando hasta cumplir la edad mínima exigible al momento de tu baja para que así mantengas un ingreso económico y el monto de tu jubilación no se  deprecie por los años que tuviste que esperar para jubilarte.

Si ya cumpliste con ambos requisitos ya puedes gozar de una pensión por jubilación así como las prestaciones adicionales como pensionistas que te va a otorgar el ISSSTE:

  • servicio médico
  • préstamos
  • actividades culturales y recreativas,

y no olvides que para dar este paso necesitas también capacitarte porque es un paso muy importante en tu nueva vida como pensionado.

Altas por nuevo ingreso

Por nuevo ingreso en la institución, es necesario original y 2 copias de:

  • Aviso de inscripción o constancia de servicio activo.
  • Ultimo recibo de pago.
  • 3 fotografías pequeñas, recientes.
  • Acta de nacimiento.
  • Copia del CURP.
  • Credencial de elector (con domicilio actualizado).

Cambio de adscripción

Original y 2 copias de:

  • Último recibo de pago
  • Carnet de citas
  • Constancia de servicio activo
  • Credencial de elector, con domicilio actualizado
  • 2 fotos tamaño carnet
  • Copia del CURP del trabajador

Requisitos para afiliación de esposa o esposo en el ISSSTE

Para realizar la afiliación, debe presentar ante el departamento de recursos humanos, original y 2 copias de:

  • Acta de nacimiento actualizada del cónyuge. (máximo 6 meses desde su expedición)
  • Carnet del trabajador.
  • Credencial electoral de ambos.
  • 2 fotos pequeñas recientes.
  • CURP de ambos.
  • Último recibo de pago.

Afiliación de concubina sin hijos

Se deberá de presentar original y 2 copias de:

  • Acta de nacimiento del concubino
  • Certificado de concubinato que certifique un mínimo de 5 años de convivencia y que sea expedido por el Tribunal Supremo de Justicia o por una Juez Municipal con fe Pública.
  • Certificado por separado de ambos del no vínculo matrimonial emitido por el registro civil
  • Credencial de elector de ambos reciente
  • Último recibo de pago
  • Carnet de citas del trabajador
  • 2 fotos tamaño carnet
  • CURP del trabajador y de la persona concubina
  • El trabajador debe presentar los documentos

Afiliación de concubina embarazada y con menos de 5 años de convivencia

  • Acta de nacimiento
  • Certificado médico emitido por el subdirector médico de la CMF
  • Credencial de elector de ambos carnet de citas del trabajador
  • Último recibo de pago
  • Copia CURP del trabajador y concubina
  • Certificado de la no matrimonialidad de ambos por separado y expedida por el registro civil
  • Recoger tramite trabajador/a para firmar de responsable

Afiliación de concubina con hijos procreados con el trabajador/a

Se necesita el original y 2 copias de:

  • Acta de nacimiento de la concubina/o
  • Acta de nacimiento del hijo/a
  • Certificado de la no matrimonialidad de ambos por separado y emitida por el registro civil.
  • Último recibo de pago
  • 2 fotos tamaño carnet
  • Credencial de elector de ambos
  • Carnet de citas del trabajador
  • Copia del CURP del trabajador de la concubina y del hijo/a
  • Los documentos deberán de ser presentados por el trabajador/a

Afiliación de hijos recién nacidos con menos de 2 meses

Se debe de presentar original y 2 copias de la siguiente documentación:

  • Certificado de nacimiento o constancia del mismo
  • Credenciales de elector del trabajador y del cónyuge
  • Carnet de citas del trabajador y esposa
  • Copia del CURP del trabajador
  • Último recibo de pago
  • El trámite deberá ser recogido por el trabajador/a para firmar de responsable

Afiliación de hijos menores de edad (2 meses-17 años)

  • Acta de nacimiento del hijo/a
  • Credencial de elector del trabajador y esposa (o) con domicilio actual
  • Carnet de citas del trabajador
  • Último recibo de pago
  • 2 fotos tamaño infantil recientes
  • Copia del CURP del trabajador e hijos

Afiliación de hijos mayores de edad (incapacitados)

Para la afiliación al ISSSTE de los hijos incapacitados ya sea física o psíquicamente se deben de presentar original y 2 copias de los siguientes documentos:

  • Acta de nacimiento
  • Certificado de incapacidad
  • Último recibo de pago
  • Carnet de citas
  • Credencial de elector del trabajador/a
  • Copia del CURP de ambos
  • 2 fotos recientes tamaño carnet

Afiliación de padres y abuelos

Se deberá de consignar la siguiente documentación:

  • Acta de nacimiento de los padres y/o abuelos
  • Acta de nacimiento del trabajador
  • Constancia de dependencia económica emitida por la presidencia o agencia municipal
  • Último recibo de pago
  • Credencial de elector actualizada del trabajador y de las personas interesadas.
  • Carnet de citas del trabajador
  • 2 fotos reciente tamaño pequeño
  • Copia del CURP del trabajador y de los interesados
  • Nota: No se aceptarán actas de 5 y 10 pesos

8 principales beneficios que brinda el darse de alta en el ISSSTE

Si eres trabajador, ex trabajador o pensionado del gobierno, el ISSSTE te brinda los siguientes beneficios:

  • Seguro de riesgo de trabajo (en el caso de los trabajadores activos).
  • Seguro de invalidez y de vida.
  • Préstamos personales económicos.
  • Préstamos hipotecarios.
  • Financiamiento para viviendas.
  • Seguro de retiro e indemnización por vejez.
  • Seguro de salud, con la debida atención medica preventiva, curativa y de maternidad. Además, rehabilitación tanto física como mental.
  • Servicios sociales turísticos, culturales, gastos funerarios y atención para el desarrollo y bienestar infantil.

¿Qué es una cuenta individual del ISSSTE?

Este tipo de cuenta que abre el trabajador, sea en el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (PENSIONISSSTE), o en otra Administradora de Fondos para el Retiro, AFORE, que el trabajador elija para que su dinero sea administrado. Si el trabajador posee más de una cuenta AFORE, debe unificarlas.

El trabajador puede registrar a sus familiares derechohabientes para asegurar su futuro. Porque, si le sucede algún problema, serían ellos los beneficiarios, o si no, puede elegir a cualquier otra persona como beneficiario sustituto, de su cuenta individual.

¿De qué manera funciona la cuenta individual en ISSSTE?

La cuenta incluye cuotas y aportaciones provenientes de otras cuentas como la de retiro, ahorro a largo plazo, aportaciones voluntarias, cesantía en edad avanzada y vejez, ahorro solidario, además, de los intereses que la cuenta produce.

Es importante considerar que antes de realizar los trámites para una cuenta individual o pensión en ISSSTE, el trabajador debe acudir al Departamento de Recursos Humanos y revisar sus datos personales. Y en caso de una equivocación, al momento de darse de inscribirse en ISSSTE, debes solicitar la modificación.

Los datos a revisar son:

  • Nombre completo.
  • CURP
  • RFC
  • Historial de cotización.
  • Domicilio.

Luego ingresa a la página de la oficina virtual del ISSSTE y verifica que los datos coincidan. Por último, acude a PENSIONISSSTE o a la AFORE elegida y revisa igualmente tus datos. Puedes aprovechar para revisar los datos de los familiares derechohabientes y unificar tus cuentas en el caso de que sea necesario.

¿Qué es un alta provisional de la ISSSTE?

Si estás cotizando al servicio médico del instituto, y al momento de pedir tu servicio, te informan que no estás registrado en la base de datos. O bien, que están suspendidos tus derechos, puedes solicitar un alta provisional. La tramitación será completamente gratis y deberás presentar original y copia de:

  • Identificación vigente del trabajador.
  • Comprobante de domicilio con vigencia menor a 3 meses (recibo telefónico, de luz o de agua).
  • Último comprobante de pago.
  • Acta de nacimiento.
  • CURP del trabajador emitido por el RENAPO.

 

Fondos que financian al ISSSTE

Los fondos principales que permiten al gobierno mexicano cubrir totalmente los seguros, prestaciones y todos los demás servicios de la institucióndel ISSSTE, son financiados por los aportes de las entidades del Estado. Así como las cuotas descontadas a los trabajadores, después de darse de alta en el mismo ISSSTE.

Estos fondos provienen de:

  • La Administración pública
  • Fondo médico
  • Pensiones
  • Préstamos personales
  • Ahorro para el retiro
  • Riesgos de trabajo
  • Vivienda
  • Servicios sociales y culturales.
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